Interrupción de la prescripción por reanudación formal de las actuaciones

9 marzo, 2016

Fiscal

El TEAC, cambiando de criterio respecto de resoluciones anteriores, afirma que interrumpe la prescripción, la simple reanudación formal de las actuaciones comunicando al sujeto pasivo la superación del plazo de duración máxima y la continuación de las mismas respecto de los ejercicios no prescritos. ​
Reanudación formal de las actuaciones: efectos