Mayor cotización para las retribuciones más altas

9 diciembre, 2016

Social

A partir del 1-1-2017, las cuantías del tope máximo y de las bases máximas de cotización a la Seguridad Social, se incrementan en un 3% respecto de las vigentes en el año 2016.

El incremento se aplica tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos incluidos, en ambos casos, los sistemas especiales de trabajadores agrarios. En el RGSS, el incremento supone fijar el importe del tope máximo y de la base máxima de cotización para el año 2017 en 3.751,26 euros (3.642 euros en 2016). Este mismo importe constituirá la base máxima establecida con carácter general en el RETA. El importe de la retribución que exceda de estas cuantías no estará sujeto a cotización.

Los incrementos de estos conceptos y del límite máximo de las pensiones que se realicen en el futuro, se ajustarán a las recomendaciones efectuadas por la Comisión Parlamentaria Permanente de Evaluación y Seguimiento de los Acuerdos del Pacto de Toledo y los acuerdos en el marco del diálogo social.

Nota

El importe de la base máxima y del tope máximo de cotización se fijan, para cada ejercicio, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en la Orden de desarrollo de las normas de cotización.