Polémica con la prestación de maternidad

18 enero, 2017

Fiscal

¿Retribución exenta? Como habrá leído en la prensa, una reciente sentencia considera que la prestación estatal por maternidad está exenta de IRPF. Con ésta, ya son dos las sentencias del mismo tribunal en ese sentido (TSJ Madrid 06-07-2016 y 03-02-2010). ¡Atención!  No obstante, Hacienda sigue considerando que estas retribuciones sí tributan, y limita la exención a las prestaciones autonómicas o locales.

Devolución. Ante esta situación, lo más conveniente es tributar por dichas prestaciones y a continuación solicitar una devolución de ingresos indebidos. Y cuando Hacienda deniegue la devolución, seguir recurriendo ante el TEAR y después ante los tribunales ordinarios.

Espere un poco. Dado el número de contribuyentes afectados, cabe esperar que más tribunales se pronuncien sobre esta materia (incluso el Supremo). Y si dichos pronunciamientos son favorables a la exención, es posible que Hacienda acabe cambiando su postura. Apunte.  Así pues, si quiere evitar la vía judicial, espere dichos pronunciamientos y reclame la devolución únicamente cuando esté próximo a transcurrir el plazo de prescripción de cuatro años.

Espere a solicitar la devolución hasta que esté cercano el plazo de prescripción de cuatro años. Ello le permitirá evitar la vía judicial si finalmente Hacienda cambia de postura.