Trabajo a tiempo parcial de autónomos desde 1-1-2017

18 enero, 2017

Social

La L 27/2011 modificó el Estatuto del Trabajo Autónomo permitiendo a los autónomos realizar su trabajo a tiempo parcial. Esta posibilidad se fue aplazando por las sucesivas leyes de presupuestos anuales hasta llegar a la de 2016, que estableció como fecha de entrada en vigor de la modificación el 1-1-2017.

La posibilidad de realizar la actividad autónoma a tiempo parcial va a determinar la implantación de las siguientes reglas específicas de Seguridad Social:

– los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial se van a incluir en el RETA, en los supuestos y conforme a las condiciones reglamentariamente establecidas;

– la ley puede establecer, considerando los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera, un sistema de cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos, para determinadas actividades o colectivos y durante determinados periodos de su vida laboral; en su defecto, van a regir las normas aplicables a los trabajadores contratados a tiempo parcial.

Nota. La TGSS entiende que como hasta la fecha no se ha regulado nada a este respecto no existe la posibilidad de que el trabajador autónomo cotice a tiempo parcial.